Cinco de cada seis personas que solicitan una reducción de jornada son mujeres. Si bien el porcentaje de mujeres ocupando puestos ejecutivos se ha triplicado en los últimos 25 años, tal y como se ve en nuestro informe Evolución de la Presencia de la Mujeres en Cargos Ejecutivos, pasando del 9,47% al 28,73%, aún estamos lejos de alcanzar la paridad de género.
A menudo, son las mujeres quienes sacrifican sus carreras profesionales para dar prioridad a las responsabilidades familiares. Las reducciones de jornada debidas a guarda legal son una de las razones principales por las cuales son ellas quienes abandonan sus planes de carrera para centrarse en el cuidado de sus hijos u otros familiares a su cargo.
Trabajar con jornada reducida implica una variación en las condiciones laborales de los trabajadores que lo solicitan para poder estar al cuidado de los familiares que lo requieren y entren dentro de los requisitos del artículo 37.6 del Estatuto de los Trabajadores. El precepto dispone que el empleado «tendrá derecho a una reducción de la jornada laboral diaria, con la disminución proporcional del salario entre, al menos, un octavo y un máximo de la mitad de la duración de aquella». Y ante esta necesidad hemos visto cómo los sesgos sociales todavía actúan y fomentan las brechas de género en muchas organizaciones, aspectos que llevamos confirmando desde los primeros estudios salariales realizados por Ceinsa en 1994.
Nuestro compromiso con el análisis de las políticas salariales se traduce no solo en que disponemos del mayor banco salarial de España, sino en los múltiples informes editados por nuestro Centro de Estudios Salariales. Entre ellos, destaca el análisis de la presencia de la mujer en puestos ejecutivos, y la brecha salarial por género en las distintas posiciones.
El foco específico de este año ha sido analizar la posible correlación entre la reducción de jornada y la brecha salarial de género. Para ello, hemos contado con los datos salariales de 25.000 personas, empleadas en más de 50 empresas.
De la muestra estudiada, un 3,01% ha solicitado una reducción de jornada debido a guarda lega. De este 3,01%, el 16,48% son hombres y el 83,52% son mujeres.
En los siguientes gráficos se muestra la distribución de aquellas personas que han solicitado una reducción de jornada por guarda legal y el género predomina dentro de la misma reducción.
La reducción de jornada más demandada es de un 25%, siendo solicitada por un 33,52% de la muestra, de los cuales un 91,97% son mujeres y el 18,03% restante son hombres. La segunda reducción más solicitada es la del del 15%, con una representación femenina del 89,36% y una masculina del 19,64%.
Los hombres eligen, en promedio, una reducción de jornada del 15% debido a circunstancias de guarda legal, mientras que las mujeres solicitan una reducción promedio del 28,03% en estas situaciones. Si consideramos los promedios de los porcentajes de reducción de jornada y tenemos en cuenta que el salario medio anual en España en 2023 fue de 25.272,00€, podemos observar que los hombres que solicitan una reducción de jornada debido a estas circunstancias sacrifican un promedio de 3.790,80€ al año, mientras que las mujeres sacrifican un promedio de 7.082,81€ al año. Esto implica que las mujeres se privan de media un 53,52% más de salario anual en comparación con los hombres por una reducción de jornada por guarda legal.
Si analizamos la masa salarial de la muestra que asciende a 631.800.000,00€ podemos observar que los hombres que reducen su jornada debido a circunstancias de guarda legal dejan de percibir un total de 233.766,00€; mientras que las mujeres dejan de percibir 1.076.587,20€. Estos montos representan un 0,0370% y un 0,1704% de la masa salarial total, respectivamente. La gran diferencia de masa salarial «sacrificada» incrementa las brechas de género en estas organizaciones y resalta la persistencia de los roles de género tradicionales en nuestra sociedad.
El mismo escenario se repite cuando abordamos las excedencias laborales relacionadas tanto con el cuidado de hijos como con el de familiares. Los patrones son consistentes, siendo las mujeres las mayoritariamente comprometidas en sacrificar sus trayectorias profesionales en beneficio de las responsabilidades domésticas y familiares, mientras que los hombres continúan asumiendo el papel principal de proveedores de ingresos en el hogar. Aunque queda un largo trecho por recorrer, el Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social proporciona datos reveladores:
Frente a un aumento general del 41,38% en la población que solicita excedencias por cuidado de familiares, las mujeres experimentan un incremento del 36,11%, mientras que los hombres registran un notorio aumento del 60,73%. Aunque la tendencia continúa, es significativo resaltar el notable aumento en la participación de los hombres. En 2012, había seis mujeres por cada hombre, pero una década después, esta proporción se ha reducido a cuatro mujeres por cada hombre.
EXCEDENCIA POR CUIDADO DE FAMILIARES | 2012 | 2022 | DIF |
% Mujeres | 85,67% | 78,62% | -7,06% |
Ambos sexos | 6.122 personas | 10.443 personas | +41,38% |
Mujeres | 5.245 personas | 8.210 personas | +36,11% |
Hombres | 877 personas | 2.233 personas | +60,73% |
| 6 mujeres por cada hombre | 4 mujeres por cada hombre | |
CUIDADO DE HIJOS
En cuanto a las excedencias relacionadas con el cuidado de hijos, se observa un aumento constante en el porcentaje de mujeres en comparación con los hombres. Estos últimos han experimentado un destacado incremento del 66,44%. En 2012, la proporción era de 19 mujeres por cada hombre, mientras que, en 2022, esta relación se redujo a 7 mujeres por cada hombre. Este cambio probablemente se debe a la implementación de la ley de igualación de permisos de maternidad y paternidad, la cual ha tenido un impacto significativo en esta tendencia.
EXCEDENCIA POR CUIDADO DE HIJOS | 2012 | 2022 | DIF |
% Mujeres | 94,98% | 88,02% | -6,96% |
Ambos sexos | 29.651 personas | 37.012 personas | +19,89% |
Mujeres | 28.163 personas | 32.578 personas | +13,55% |
Hombres | 1.488 personas | 4.434 personas | +66,44% |
| 19 mujeres por cada hombre | 7 mujeres por cada hombre | |
Por lo tanto, se evidencia que, mediante la acción gubernamental y la promulgación de leyes, podemos implementar medidas efectivas para reducir los arraigados roles de género en la sociedad. Es innegable que cada sesgo y obstáculo que limita el avance profesional de las mujeres ha engendrado un círculo vicioso. Cuando las mujeres perciben salarios inferiores a sus compañeros masculinos, es comprensible que prioricen el bienestar económico de sus familias, lo que a menudo las lleva a reducir sus jornadas laborales. Esta decisión conlleva a sacrificar sus oportunidades de desarrollo profesional y, en muchos casos, incluso a abandonar por completo sus empleos para asumir responsabilidades familiares.
En este escenario, si en el futuro desean reincorporarse al mundo laboral, se enfrentarán a la desventaja de tener menos experiencia en comparación con un hombre con una trayectoria similar que no ha reducido su jornada. Esto, a su vez, puede resultar en una priorización de los candidatos masculinos en los procesos de selección. Es importante destacar que incluso en los procesos de selección llevados a cabo por sistemas de Inteligencia Artificial, se ha demostrado que tienden a replicar los mismos sesgos de género.
Por lo tanto, el cambio necesario requerirá el esfuerzo conjunto de individuos, empresas, gobiernos y la sociedad en su conjunto. La igualdad de género no es simplemente un objetivo ético, sino una cuestión económica y social fundamental. Un entorno laboral y una sociedad más equitativos no solo benefician a las mujeres, sino que enriquecen a toda la sociedad al aprovechar al máximo el talento y las habilidades de cada individuo, independientemente de su género.