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Beneficios fiscales por contratar discapacitados en tu empresa

Esther Peñas

Responsable de Publicaciones Digitales de la Fundación Fundación Once Inserta.

Capital Humano, Nº 316, Sección Los RR.HH al Día, 2017

Si tu empresa tiene cincuenta o más trabajadores, al menos un dos por ciento de la plantilla ha de estar cubierta por personas con discapacidad. Así lo establece el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social (http://www.siis.net/documentos/documentacion/Ley_General_%20de_%20derechos.pdf). Esta norma determina en su artículo 42 que las empresas, públicas y privadas, conformadas por cincuenta o más trabajadores quedan sujetas a la obligación de reservar un mínimo del dos por ciento de los puestos de trabajo para personas con discapacidad.

Sin embargo, el espíritu de esta normativa no es la imposición, la coacción, todo lo contrario. La ley trata de asentar la inclusión de las personas con discapacidad a través de su contratación. Para estimular la contratación de personas con discapacidad, se han establecido numerosas ventajas y beneficios fiscales.

La primera de ellas, el hecho de que cualquier empresa que contrate a personas con discapacidad tendrá una preferencia en la adjudicación de contratos del Sector Público, siendo, en algunos casos, de obligado cumplimiento para acceder a algunos de ellos. Así lo establece la nueva Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público, que concede dicha preeminencia a aquellas empresas que cumplen con la cuota legal de reserva del 2% de personas con discapacidad en sus plantillas.

UNA APUESTA RENTABLE

Contratar en la plantilla de cualquier empresa a personas con discapacidad puede reportar bonificaciones a la cuota de la Seguridad Social, beneficios fiscales y subvenciones. Estas son algunas de ellas. Si el contrato es por tiempo indefinido y a tiempo completo el empresario recibe una serie de bonificaciones: 4.500 euros/año para personas con una discapacidad igual o superior al 33 por ciento y 5.100 euros/año para personas con parálisis cerebral, enfermedad mental y discapacidad intelectual con un grado de discapacidad a partir del 33 por ciento y para aquéllas con discapacidad física o sensorial con un grado igual o superior al 65 por ciento.

Estas cantidades se verán incrementadas en 1.200 euros/año por la contratación de personas mayores de 45 años y en 850 euros/año en el caso de mujeres. Ambos son incompatibles y sólo se podrá disfrutar de la de mayor cuantía.

Asimismo, las empresas pueden obtener una deducción de 6.000 euros en la cuota íntegra del Impuesto de Sociedades por una sola vez por persona/año de incremento promedio de plantilla. En el caso de contratación indefinida a tiempo completo o transformación en indefinida, la subvención que se otorga es de 3.907 euros.

Las empresas pueden recibir hasta 901,52 euros por la adaptación de puesto de trabajo. En el caso de contrato temporal (de 12 meses a 3 años a tiempo completo) la empresa obtendrá 3.500 euros/año para personas con discapacidad igual o superior al 33 por ciento durante toda la vigencia del contrato. Y 4.100 euros/año para personas con parálisis cerebral, enfermedad mental y discapacidad intelectual, a partir del 33 por ciento, así como para aquellas con discapacidad física o sensorial con un grado igual o superior al 65 por ciento.

Además, estas cantidades se incrementarán en 600 euros anuales por la incorporación de trabajadores mayores de 45 años o por la contratación de mujeres. En este caso ambos incentivos son compatibles entre sí. Igualmente, las empresa recibirán una bonificación del 100% de las cuotas empresariales de la Seguridad Social (incluidas las de accidente de trabajo y de enfermedades profesionales) y en las aportaciones empresariales de las cuotas de recaudación conjunta, por contrato de interinidad para sustituir bajas por incapacidad temporal de trabajadores con discapacidad.

¿CUÁNTO PUEDES AHORRARTE?

Si quieres hacerte una idea de los beneficios que pueden suponer para tu empresa al contratar a personas con discapacidad, puedes visitar la página Por talento, donde te ofrecemos un simulador que te reportará en cifras los beneficios fiscales e incentivos que obtendría en el caso de contratar a personas con discapacidad (https://www.portalento.es/AreaPrivada/Entidades/SimuladorIncentivos.aspx).

Si quieres seguir conociendo otras ventajas añadidas a la contratación de personas con discapacidad, visita nuestra página especializada (https://www.portalento.es/empresas/temas-interes/Paginas/bonificaciones-subvenciones.aspx)

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